Esto aplica aún si tienen licencias aprobadas, explicó el alto tribunal al fallar la demanda del Polo Democrático contra el recién aprobado plan.
El alto tribunal eliminó del ordenamiento jurídico el artículo 173 del Plan de Desarrollo Nacional, que permitía que las concesiones mineras en los páramos delimitados por el Gobierno siguieran operando, sin posibilidad de prórroga, sólo si sus licencias fueron entregadas antes del 9 de febrero de 2010, para la minería, y antes del 16 de junio de 2011, para hidrocarburos.
Noticias caracol conoció que la votación fue de 6 magistrados a favor y 2 en contra.
La Corte también tumbó la prohibición para que las víctimas del desplazamiento forzado no puedan reclamar predios donde se desarrollen PINES.
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